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ADOPCION

ADOPCION

ADOPCIÓN La adopción es una institución del derecho de familia mediante la cual una persona se integra plenamente en la vida de una familia distinta de la de origen con los mismos efectos que produce la filiación biológica, rompiéndose, como regla general, los vínculos jurídicos que tenía con la familia anterior.
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REQUISITOS ADOPCION

ADOPCION REQUISITOS

Requisitos de la adopción: Los requisitos se regulan en el artículo 175 y siguientes del código civil. En Cataluña está regulados en el artículo 115 y siguientes del Código de Familia Catalán. El art. 176 del C.c. establece el interés del menor como criterio condicionante de la constitución de la adopción.
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ADOPCION

Constitucion y procedimiento de adopcion

Constitución de la adopcion En España la adopción se constituye mediante resolución judicial, que tendrá en cuenta siempre el interés del adoptado y la idoneidad del adoptante para el ejercicio de la patria potestad.
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EFECTOS ADOPCION

EFECTOS DE LA ADOPCION

Efectos de la adopcion: La adopción tiene como consecuencia la ruptura de las relaciones del adoptado con su familia de origen. La equiparación de la adopción con la filiación, en cuanto a sus efectos, queda regulada en el art. 108.2 del Código Civil.
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EFECTOS DE LA ADOPCION

Efectos de la adopcion: La adopción tiene como consecuencia la ruptura de las relaciones del adoptado con su familia de origen. La equiparación de la adopción con la filiación, en cuanto a sus efectos, queda regulada en el art. 108.2 del Código Civil.
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Constitucion y procedimiento de adopcion

Constitución de la adopcion En España la adopción se constituye mediante resolución judicial, que tendrá en cuenta siempre el interés del adoptado y la idoneidad del adoptante para el ejercicio de la patria potestad.
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ADOPCION REQUISITOS

Requisitos de la adopción: Los requisitos se regulan en el artículo 175 y siguientes del código civil. En Cataluña está regulados en el artículo 115 y siguientes del Código de Familia Catalán. El art. 176 del C.c. establece el interés del menor como criterio condicionante de la constitución de la adopción.
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ADOPCIÓN La adopción es una institución del derecho de familia mediante la cual una persona se integra plenamente en la vida de una familia distinta de la de origen con los mismos efectos que produce la filiación biológica, rompiéndose, como regla general, los vínculos jurídicos que tenía con la familia anterior.
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